La EO de quema de banderas en realidad no prohíbe la quema de banderas, pero sigue siendo problemática. Dice que la quema de banderas que tiene lugar en el contexto de algún otro delito que se está cometiendo, es decir, si la quema de banderas no es una conducta expresiva, debe ser procesada. Es difícil imaginar circunstancias en las que esto pueda aplicarse. Uno en el que puedo pensar es si se quemara una bandera como un mecanismo de señalización puro, por ejemplo, "cuando prenda fuego a esta bandera, ve a robar ese banco". El riesgo es que la OE convierta un ejercicio neutral en contenido en uno políticamente motivado, y eso significa que incluso si la quema de la bandera en un caso particular no está protegida, el acusado podría impugnar la constitucionalidad de la acusación en sí misma como políticamente motivada. No es un argumento de la Primera Enmienda, sino más bien un argumento de igualdad de protección. Es decir, esta OE hará que los enjuiciamientos de la quema de banderas sean más difíciles, no más fáciles, porque potencialmente crea hechos que crean una defensa en casos en los que de otro modo no habría habido defensa. No estoy seguro de quién aconsejó a POTUS que hiciera esto. Tenemos muchas luchas por la libertad de expresión que ganar en todo el mundo. La consistencia en casa nos ayudará a ganarlos.
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